La reforma aumenta la responsabilidad de los proveedores de internet ante infracciones de derechos de autor. Artículo 19 advierte que las sanciones podrían incentivar el retiro de contenidos legítimos y la exclusión de usuarios.
La Cámara de Diputados aprobó este 7 de octubre la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que sus críticos llaman “ley antimemes”. Impulsada por Claudia Sheinbaum, la propuesta obtuvo en lo general 325 votos a favor, 114 en contra y una abstención. La mayoría oficialista la presenta como una herramienta contra la piratería; sus detractores advierten riesgos para la libertad de expresión.
El debate va más allá de las imágenes humorísticas. La reforma modifica las condiciones bajo las cuales las empresas que transmiten o alojan contenidos pueden responder por infracciones cometidas por sus usuarios. La preocupación es que, ante posibles sanciones, esas empresas prefieran eliminar publicaciones o terminar servicios antes que defender contenidos cuya legalidad está en disputa.

Qué cambia para las plataformas
El proyecto reforma el artículo 114 Octies y añade los artículos 114 Nonies y 232 Septies. Su eje es la responsabilidad secundaria: establece supuestos en los que un proveedor puede responder por infracciones de terceros, por ejemplo, cuando contribuye a la conducta y tiene conocimiento de ella.
Según la explicación presentada en el pleno, transmitir información o alojar contenidos no bastaría, por sí solo, para atribuir responsabilidad. También se consideran elementos como la participación consciente en la infracción o la capacidad de control y un beneficio financiero directamente relacionado con esa actividad.
Los proveedores de Internet deberán hacer pública y accesible su política para infractores reincidentes, incorporarla a sus términos y condiciones y contar con mecanismos mínimos de notificación. El esquema contempla multas administrativas que pueden alcanzar 40 mil UMA, equivalentes a alrededor de 4.7 millones de pesos, aplicadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

El sistema de retiros ya existía
La reforma no parte de cero. Desde 2020, la ley contempla un mecanismo de notificación y retirada: un titular de derechos puede avisar sobre una presunta infracción para que una plataforma retire el material. El artículo 114 Octies también prevé políticas de terminación de cuentas de infractores reincidentes.
La legislación permite presentar un contraaviso para solicitar la restitución del contenido y justificar su uso mediante las excepciones legales. Esto importa porque publicar material ajeno sin una autorización individual no significa, en todos los casos, infringir derechos de autor.
La discusión actual se concentra en cómo se modifica ese régimen, qué responsabilidades adicionales asumen las empresas y qué consecuencias tendría extender la terminación a la provisión del servicio.

La advertencia de Artículo 19
Artículo 19 sostiene que las nuevas responsabilidades incentivarían el monitoreo de usuarios y el retiro de publicaciones para evitar sanciones. También cuestiona la amplitud de términos como contribuir o inducir una infracción.
Su señalamiento más grave se refiere a terminar servicios a personas consideradas reincidentes sin una determinación judicial sobre la ilegalidad de sus publicaciones. Según la organización, excluirlas de esos espacios afectaría también contenidos futuros, por lo que constituiría censura previa. Esta es su evaluación jurídica, no una sentencia sobre la reforma.
El riesgo señalado permite entender por qué la discusión alcanza a periodistas, caricaturistas y usuarios comunes: una reclamación de derechos de autor puede afectar material informativo o crítico, aunque quien lo publicó considere legítimo su uso.
Dos reformas con el mismo apodo
La controversia se ha vuelto confusa porque otra reforma, aprobada por el Senado el 30 de septiembre, también recibe el nombre de “ley antimemes”. Esa modificación afecta la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y el Código Penal Federal, e incluye sanciones por determinados usos fraudulentos de identidad gráfica institucional.
Las penas de prisión discutidas en ese expediente no deben atribuirse automáticamente a la reforma sobre proveedores de internet. Tampoco corresponde afirmar que cualquier meme contra un funcionario se convierte en delito.
Para el oficialismo, el objetivo es proteger a autores y combatir la piratería. El problema planteado por sus críticos es cómo garantizar que esa protección no termine facilitando la eliminación de expresiones legítimas. El alcance real dependerá de las reglas aplicables, las vías para impugnar decisiones y la actuación de proveedores y autoridades. ⑧


